Legislación › Ley 1/2003, de 3 de marzo, de la Administración Local de La Rioja.
Artículo 241. Movilidad funcional.
Artículo 241. Movilidad funcional.
Con el objeto de facilitar la movilidad funcional entre Entidades Locales y la Administración de la Comunidad Autónoma, se establecerá un Catálogo de Equivalencias entre las escalas, subescalas y especialidades del personal funcionario y entre los niveles, grupos y categorías del personal laboral de las distintas Administraciones públicas riojanas.


