LexTotal

Legislación › Ley 1/2003, de 3 de marzo, de la Administración Local de La Rioja.

Artículo 27. Gobierno del municipio.

Artículo 27. Gobierno del municipio.

1. El gobierno y la administración del municipio corresponden al Ayuntamiento, integrado por el Alcalde y los concejales.

2. Los municipios que funcionen en régimen de Concejo abierto se regirán por sus normas específicas.

← Artículo 26 Índice Artículo 28 →