Legislación › Ley 1/2003, de 3 de marzo, de la Administración Local de La Rioja.
Artículo 73. Gestión por la comarca de servicios autonómicos.
Artículo 73. Gestión por la comarca de servicios autonómicos.
A través de la encomienda de la gestión ordinaria de determinados servicios, la comarca podrá realizar funciones ejecutivas correspondientes a competencias de la Comunidad Autónoma cuando por sus características no requieran unidad de gestión ni su ejercicio directo.


