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Legislación › Ley 1/2003, de 3 de marzo, de la Administración Local de La Rioja.

Artículo 73. Gestión por la comarca de servicios autonómicos.

Artículo 73. Gestión por la comarca de servicios autonómicos.

A través de la encomienda de la gestión ordinaria de determinados servicios, la comarca podrá realizar funciones ejecutivas correspondientes a competencias de la Comunidad Autónoma cuando por sus características no requieran unidad de gestión ni su ejercicio directo.

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