Legislación › Ley 1/2003, de 3 de marzo, de la Administración Local de La Rioja.
Artículo 88. Recursos económicos.
Artículo 88. Recursos económicos.
Los recursos económicos precisos para cubrir el coste efectivo del servicio transferido tendrán carácter de recursos propios de la entidad local que reciba la transferencia.


