Legislación › Ley 1/2003, de 3 de marzo, de la Administración Local de La Rioja.
Disposición adicional única. Racionalización de la contratación.
Disposición adicional única. Racionalización de la contratación.
Los municipios de la Comunidad Autónoma de La Rioja de población inferior a 20.000 habitantes podrán adherirse, en las condiciones que se determinen reglamentariamente, a los diferentes sistemas de racionalización de la contratación que formalice la Administración regional, a través del órgano competente en materia de contratación centralizada.
Se añade por el art. 47.2 de la Ley 7/2014, de 23 de diciembre. BOE-A-2003-5909.


