Legislación › Real Decreto 347/2003, de 21 de marzo, por el que se regula el sistema de gestión de cuota láctea.
Artículo 50. Incumplimientos.
Artículo 50. Incumplimientos.
Para todo lo establecido en este real decreto, en caso de incumplimiento será de aplicación lo establecido en el artículo 98 de la Ley 50/1998, de 30 de diciembre, de medidas fiscales, administrativas y del orden social, sin perjuicio de las responsabilidades de todo orden que pudieran derivarse, especialmente las relacionadas con la aplicación de la tasa suplementaria.


