LexTotal

Legislación › Ley 8/2002, de 5 de diciembre, de Ordenación y Modernización de las Estructuras Agrarias de la Comunidad Valenciana.

Artículo 37. Entrega de obras.

Artículo 37. Entrega de obras.

Las obras una vez terminadas deberán entregarse a los ayuntamientos o demás entidades a quienes corresponda.

El acuerdo del órgano competente en materia de estructuras agrarias resolviendo sobre la entrega de las obras será inmediatamente ejecutivo, dando lugar al nacimiento de las obligaciones derivadas de la entrega, sin perjuicio de los recursos legalmente establecidos.

← Artículo 36 Índice Artículo 38 →