Legislación › Ley 6/2003, de 4 de marzo, de ganadería de la Comunidad Valenciana.
Artículo 52. Condiciones generales de las instalaciones.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 27 de marzo de 2003 y la del 1 de enero de 2013.
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Artículo 52. Condiciones generales de las instalaciones.
Las instalaciones dedicadas al alojamiento y albergue de los animales, que formen parte de explotaciones ganaderas, deberán cumplir las condiciones higiénicas, sanitarias, de bienestar animal, de ordenación territorial, urbanísticas y medioambientales animal exigidas por la presente ley, sus disposiciones complementarias y la legislación sectorial correspondiente. todas aquellas normas legales que les sean de aplicación.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 1 de enero de 2013 En vigor | BOE-A-2013-663 | Leer | Qué cambió |
| 27 de marzo de 2003 | Texto original | Leer |


