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Legislación › Ley 4/2002, de 16 de diciembre, de Creación del Servicio Andaluz de Empleo.

Disposición final segunda.

Disposición final segunda.

La Consejería de Economía y Hacienda, dentro de las disponibilidades presupuestarias, habilitará los créditos necesarios y realizará las oportunas modificaciones presupuestarias para la puesta en marcha, funcionamiento y ejercicio de las competencias del Servicio Andaluz de Empleo.

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