Legislación › Ley 1/2003, de 24 de febrero, de servicios sociales.
Artículo 44 ter. Objeto de los conciertos sociales.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 28 de abril de 2015 y la del 14 de abril de 2019.
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Artículo 44 ter. Objeto de los conciertos sociales.
Podrán ser objeto de concierto social: (Derogado).
– La reserva y la ocupación de plazas para uso exclusivo de las personas usuarias de servicios sociales de responsabilidad pública, cuyo acceso sea autorizado por el órgano competente mediante la aplicación de los criterios previstos en la normativa vigente.
– La gestión integral de prestaciones técnicas, programas, servicios o centros.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 14 de abril de 2019 En vigor | BOE-A-2019-6662 | Leer | Qué cambió |
| 28 de abril de 2015 | BOE-A-2015-5799 | Leer |


