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Legislación › Ley 1/2003, de 18 de marzo, de creación del Servicio Cántabro de Empleo.

Artículo 4. Principios de organización y funcionamiento.

Artículo 4. Principios de organización y funcionamiento.

El Servicio Cántabro de Empleo ajustará su actuación a los principios de organización y funcionamiento establecidos para la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria. En particular, se acomodará a los siguientes principios:

a) Carácter gratuito y acceso universal.

b) Racionalización y eficacia en los procedimientos.

c) Planificación y coordinación administrativa.

d) Eficiencia en la gestión de los recursos.

e) Transparencia y publicidad en la actuación administrativa.

f) Respeto de los principios de igualdad de oportunidades y no discriminación.

g) Colaboración y coordinación con la Dirección General competente en materia de trabajo, al objeto de gestionar de manera integrada la política de empleo.

h) Participación paritaria a través del Consejo de Dirección.

i) Colaboración y coordinación con las distintas Administraciones Públicas y, en particular, con el sistema nacional de empleo.

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