Legislación › Ley 7/2003, de 26 de marzo, de Inserción Sociolaboral.
Artículo 20. Reglamentación.
Artículo 20. Reglamentación.
1. La normativa reguladora de las prestaciones de inserción sociolaboral determinará los requisitos de acceso, las obligaciones de los perceptores, su cuantía, así como el régimen económico, jurídico y procedimental de las mismas.
2. La cuantía de las prestaciones deberá definirse de forma que permita acceder a la realización de los itinerarios y proyectos de inserción sociolaboral y a su vez fomente su incorporación al mercado laboral.
3. Con el fin de promover la cobertura de todas las solicitudes que reúnan los requisitos de acceso a estas prestaciones, las asignaciones presupuestarias destinadas a sufragar las mismas, tendrán la condición de créditos ampliables.


