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Legislación › Ley 5/2002, de 16 de diciembre, de Parejas de Hecho.

Artículo 18. Impulso a la equiparación de los derechos en la economía privada.

Artículo 18. Impulso a la equiparación de los derechos en la economía privada.

La Administración pública andaluza promoverá, en el ámbito de la economía privada, la equiparación de los miembros de cualquier tipo de pareja respecto a los derechos de formación, licencias, ayudas de acción social, condiciones laborales y similares que se recojan en los contratos y convenios, respecto a las personas que forman matrimonio.

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