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Orden APA/874/2003, de 10 de abril, por la que se establecen los puertos donde pueden realizarse los desembarques superiores a 100 kg de especies de aguas profundas, procedentes de las subzonas I a XIV del Consejo Internacional para la Exploración del Mar (CIEM), y de las aguas comunitarias situadas dentro de las Zonas Copace 34.1.1, 34.1.2, 34.1.3 y 34.2.
En vigor Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación · Publicada el 14 de abril de 2003 · Último cambio el 6 de octubre de 2025 · Ver en el BOE
Índice
- [preambulo]
- Articulo único. 12 redacciones · cambió el 06/10/2025
- Disposición final primera. Habilitación.
- Disposición final segunda. Entrada en vigor.
- [firma]
- ANEXO


