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Legislación › Ley 2/2003, de 20 de marzo, de organización institucional del sistema universitario de las Illes Balears.

Disposición adicional primera.

Disposición adicional primera.

El Consejo Social de la Universidad de las Illes Balears se constituirá en un plazo máximo de tres meses desde la publicación en el Butlletí Oficial de les Illes Balears de esta ley.

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