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Legislación › Ley 11/2003, de 19 de marzo, de Protección Animal en la Comunidad Autónoma de Aragón.

Artículo 56. Identificación de los animales de experimentación.

Artículo 56. Identificación de los animales de experimentación.

1. Los animales con fines experimentales que existan en los centros de cría, suministro o uso deberán estar identificados con métodos indoloros e indelebles.

2. El código identificativo de cada animal deberá figurar en todos los registros de dichos animales.

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