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Legislación › Ley 11/2003, de 19 de marzo, de Protección Animal en la Comunidad Autónoma de Aragón.

Artículo 63. Información.

Artículo 63. Información.

La Administración autonómica velará porque los distintos sectores sociales y profesionales estén informados de las obligaciones que de esta Ley se derivan. En particular, la Administración autonómica programará campañas divulgativas de su contenido entre los sectores afectados, haciendo especial hincapié en la formación de profesionales en materia de bienestar animal, y llevará a cabo campañas informativas con la finalidad de evitar la proliferación incontrolada de los animales domésticos en posesión de las personas, así como su abandono.

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