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Legislación › Ley 13/2003, de 24 de marzo, de Creación de la Comarca del Jiloca.

Disposición adicional quinta. Competencias de la Diputación Provincial de Teruel.

Disposición adicional quinta. Competencias de la Diputación Provincial de Teruel.

En relación a las competencias de la Diputación Provincial de Teruel, el Gobierno de Aragón impulsará la transferencia de las que fueren apropiadas que sean gestionadas por las comarcas, en el contexto y actividad de la Comisión Mixta que se cree al efecto. En particular, se procurará que la Comarca del Jiloca pueda asumir la gestión del Plan Provincial de Obras y Servicios en su ámbito y disfrutando de las dotaciones económicas adecuadas.

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