Legislación › Ley 3/2003, de 26 de marzo, de Régimen Jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
Artículo 27. Publicidad y eficacia.
Artículo 27. Publicidad y eficacia.
La delegación de competencias, así como la revocación, producirán efectos a partir de su publicación en el Butlletí Oficial de las Illes Balears.


