Legislación › Ley 4/2003, de 26 de marzo, de Museos de las Illes Balears.
Artículo 33. Interés general o utilidad pública al efecto de expropiación.
Artículo 33. Interés general o utilidad pública al efecto de expropiación.
1. Se declaran de interés general o de utilidad pública, a los efectos de la Ley de expropiación forzosa, las obras y las actuaciones relativas en las instalaciones o en la ampliación de los museos integrados en las redes reguladas por esta ley.
2. Esta declaración puede extenderse a los inmuebles y contenidos cuando así lo requiera la ampliación o la seguridad de los museos y de las colecciones museográficas, así como a las servidumbres a que se refiere el apartado primero y que resultan necesarias a este efecto.


