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Legislación › Ley 4/2003, de 26 de marzo, de Museos de las Illes Balears.

Artículo 6. Plan anual de actividades.

Artículo 6. Plan anual de actividades.

Se entiende por Plan anual de actividades del centro museístico aquel documento que, de manera razonada y ordenada, planifica y prevé todas las actividades de investigación, conservación, adquisición, divulgación y administración que el museo debe desarrollar a lo largo de un año. En este plan deben especificarse los objetivos conseguidos y los no conseguidos de un año para otro, analizando sus causas.

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