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Legislación › Ley 4/2003, de 26 de marzo, de Museos de las Illes Balears.

Artículo 9. Titularidad.

Artículo 9. Titularidad.

1. Los museos y las colecciones pueden ser de titularidad pública o privada.

2. A los efectos de esta ley, los museos y colecciones se clasifican, según su titularidad en:

a) Museos de titularidad estatal gestionados por la comunidad autónoma.

b) Museos y colecciones de titularidad o gestión de los consejos insulares de Mallorca, Menorca, Eivissa y Formentera.

c) Museos o colecciones de titularidad municipal.

d) Museos o colecciones de titularidad privada.

e) Museos de titularidad pública, gestionados por consorcios o fundaciones públicas o privadas.

f) Museos de titularidad y gestión de la comunidad autónoma de las Illes Balears.

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