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Legislación › Real Decreto 465/2003, de 25 de abril, sobre las sustancias indeseables en la alimentación animal.

Artículo 11. Régimen sancionador.

Artículo 11. Régimen sancionador.

En caso de incumplimiento de lo dispuesto en este real decreto, será de aplicación el régimen sancionador previsto en la Ley 8/2003, de 24 de abril, de Sanidad Animal, así como en el Real Decreto 1945/1983, de 22 de junio, por el que se regulan las infracciones y sanciones en materia de defensa del consumidor y la producción agroalimentaria.

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