Legislación › Real Decreto 465/2003, de 25 de abril, sobre las sustancias indeseables en la alimentación animal.
Artículo 9. Responsabilidad de los explotadores de empresas de piensos.
Artículo 9. Responsabilidad de los explotadores de empresas de piensos.
El artículo 20 del Reglamento (CE) 178/2002, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 28 de enero de 2002, por el que se establecen los principios y los requisitos generales de la legislación alimentaria, se crea la Agencia Europea de Seguridad Alimentaria y se fijan procedimientos relativos a la seguridad alimentaria, que contiene determinadas obligaciones para los explotadores de empresas de piensos, será de aplicación «mutatis mutandi» a la materia regulada en este real decreto.


