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Legislación › Real Decreto 465/2003, de 25 de abril, sobre las sustancias indeseables en la alimentación animal.

ANEXO

Comparación entre la redacción en vigor desde el 7 de noviembre de 2003 y la del 21 de noviembre de 2004. Tachado: lo que se quitó (89 palabras). Subrayado: lo que se añadió (229 palabras). Volver al texto en vigor

ANEXO
Sustancias indeseables
(1)
·
Productos destinados a la alimentación animal
(2)
·
Contenido máximo en mg/kg (ppm) en piensos, referido a un contenido de humedad del 12 %
(3)
·
1. Arsénico (8)
·
Materias primas para la alimentación animal, excepto:
·
2
·
– Harinas de hierbas, de alfalfa y de trébol deshidratado, deshidratados, así como pulpa desecada de remolacha azucarera y pulpa desecada con adición de melazas de remolacha azucarera.
·
4
·
– Harina de palmiste obtenida por presión.
·
4 (9)
·
Fosfatos y piensos algas marinas calcáreas.
·
10
·
Carbonato cálcico.
·
15
·
Óxido de magnesio.
·
20
·
Piensos
procedentes de la transformación de pescados u otros animales marinos.
·
10 15 (9)
·
Harina de algas marinas y materias primas procedentes de algas marinas. ·
40(9)
·
Piensos completos, excepto:
·
2 20
·
– Piensos completos para peces. peces y piensos completos para animales de piel.
·
4 6 (9)
·
Piensos complementarios, excepto:
·
4
·
– Piensos complementarios minerales.
·
12
·
2. Plomo
·
Materias primas para la alimentación animal, excepto:
·
10
·
– Forrajes verdes.
·
40
·
– Fosfatos. Fosfatos y algas marinas calcáreas
·
30 15
·
– Carbonato cálcico.
·
20
·
Levaduras.
·
5
·
Piensos completos.
·
5
·
Piensos complementarios, excepto:
·
10
·
– Piensos complementarios minerales.
·
30 15
·
3. Flúor
·
Materias primas para la alimentación animal, excepto:
·
150
·
– Piensos de origen animal. animal, excepto crustáceos marinos como el krill.
·
500
·
– Fosfatos. Fosfatos y crustáceos marinos como el krill.
·
2000
·
Carbonato cálcico.
·
350
·
Óxido de magnesio.
·
600
·
Algas marinas calcáreas.
·
1000
·
Piensos completos, excepto:
·
150
·
– Piensos completos para bovinos, ovinos y caprinos. caprinos:
·
·
– Lactantes.
·
30
·
– Los demás. Otros.
·
50
·
– Piensos completos para cerdos.
·
100
·
– Piensos completos para aves de corral.
·
350
·
– Piensos completos para pollitos.
·
250
·
Piensos complementarios Mezclas minerales para bovinos, ovinos y caprinos.
·
2000(1)
·
Otros piensos complementarios.
·
125(2)
·
4. Mercurio
·
Materias primas para la alimentación animal. excepto:
·
0,1
·
– Piensos obtenidos mediante transformación de pescado u otros animales marinos.
·
0,5
·
Piensos completos, excepto:
·
0,1
·
– Piensos completos para perros y gatos.
·
0,4
·
Piensos complementarios, excepto:
·
0,2
·
– Piensos complementarios para perros y gatos.
·
·
5. Nitritos
·
Harinas de pescado.
·
60 (expresado en nitrito de sodio)
·
Piensos completos, excepto:
·
15 (expresado en nitrito de sodio)
·
– Piensos para animales de compañía (con excepción de los pájaros y peces ornamentales).
·
·
6. Cadmio
·
Materias primas para la alimentación animal de origen vegetal.
·
1
·
Materias primas para la alimentación animal de origen animal, excepto:
·
2
·
– Piensos para animales de compañía.
·
·
Fosfatos.
·
10(3)
·
Piensos completos para bovinos. ovinos y caprinos, excepto:
·
1
·
– Piensos completos para terneros. corderos y cabritos.
·
·
Otros piensos completos, excepto:
·
0,5
·
– Piensos para animales de compañía.
·
·
Piensos minerales.
·
5(4)
·
Otros piensos complementarios para bovinos, ovinos y caprinos.
·
0,5
·
7. Aflatoxina 61 B1
·
Materias Todas las materias primas para la alimentación animal, excepto:
·
0,05
·
– Cacahuete, copra, palmiste, semillas de algodón, babasú, maíz y los derivados de su transformación.
animal.
·
0,02
·
Piensos completos para bovinos, ovinos y caprinos, excepto:
·
0,05 0,02
·
– Ganado Piensos completos para ganado lechero.
·
0,005
·
– Terneros Piensos completos para terneros y cabritos. corderos.
·
0,01
·
Piensos completos para cerdos y aves de corral (excepto animales jóvenes).
·
0,02
·
Otros piensos completos.
·
0,01
·
Piensos complementarios Pienso complementario para bovinos, ovinos y caprinos (excepto piensos complementarios para ganado lechero, terneros y cabritos). corderos).
·
0,05 0,02
·
Piensos complementarios para cerdos y aves de corral (excepto animales jóvenes).
·
0,03 0,02
·
Otros piensos complementarios.
·
0,005
·
8. Ácido cianhídrico
·
Materias primas para la alimentación animal, excepto:
·
50
·
– Semillas de lino.
·
250
·
– Tortas de lino.
·
350
·
– Productos de mandioca y tortas de almendras.
·
100
·
Piensos completos, excepto:
·
50
·
– Piensos completos para pollitos.
·
10
·
9. Gosipol libre
·
Materias primas para la alimentación animal, excepto:
·
20
·
– Semilla de algodón.
·
5000
·
Tortas de semillas de algodón y harina de semillas de algodón.
·
1200
·
Piensos completos, excepto:
·
20 2
·
– Piensos completos para bovinos, ovinos y caprinos.
·
500
·
– Piensos completos para aves de corral (excepto aves gallinas ponedoras) y terneros.
·
100
·
– Piensos completos para conejos y cerdos (excepto lechones).
·
60
·
10. Teobromina
·
Piensos completos, excepto:
·
300
·
– Piensos completos para bovinos adultos.
·
700
·
11. Esencia volátil de mostaza
·
Materias primas para la alimentación animal, excepto:
·
100
·
– Torta de colza.
·
4000 (expresado en isotiocianato de alilo)
·
Piensos completos, excepto:
·
150 (expresado en isotiocianato de alilo)
·
– Piensos completos para bovinos, ovinos y caprinos (excepto animales jóvenes).
·
1000 (expresado en isotiocianato de alilo)
·
– Piensos completos para cerdos (excepto lechones) y aves de corral.
·
500 (expresado en isotiocianato de alilo)
·
12. Viniltiooxazolidona (Viniloxazolidina-tiona)
·
Piensos completos para aves, excepto:
·
1000
·
– Piensos completos para aves ponedoras.
·
500
·
13. Cornezuelo de centeno (Claviceps purpurea)
·
Todos los piensos que contengan cereales no molidos.
·
1000
·
14. Semillas de malas hierbas y frutos no molidos ni triturados que contengan alcaloides, glucósidos u otras sustancias tóxicas, por separado o en conjunto, a saber:
·
Todos los piensos.
·
3000
·
a) Lollium temulentum L.
·
·
1000
·
b) Lollium remotum Schrank,.
·
·
1000
·
c) Dantura stramonium L.
·
·
1000
·
15. Ricino - Ricinus communís L.
·
Todos los piensos.
·
10 (expresado en cáscaras de ricino)
·
16. Crotalaria spp.
·
Todos los piensos.
·
100
·
17. Aldrín.
·
(sola o combinada, calculada en forma de dieldrina)
·
Todos los piensos, excepto:
·
0,01
·
18. Dieldrina. }
·
– Materias grasas.
·
0,2
·
19. Canfecloro (toxafeno).
·
Todos los piensos.
·
0,1
·
20. Clordán (suma de los isómeros cis y trans y del oxiclordano, calculada en forma de clordán)
·
Todos los piensos, excepto:
·
0,02
·
– Materias grasas.
·
0,05
·
21. DDT (suma de los isómeros de DDT, TDE y DDE, calculada en forma de DDT).
·
Todos los piensos, excepto:
·
0,05
·
– Materias grasas.
·
0,5
·
22. Endosulfán (suma de los isómeros alfa alfa- y beta y del de sulfato de endosulfán, calculada en forma endosulfán), expresado como endosulfán.
Endosulfán (suma
de endosulfán) los isómeros alfa- y beta y de sulfato de endosulfán), expresado como endosulfán.
·
Todos los piensos, excepto:
·
0,1
·
– Maíz. Maíz y productos derivados de su transformación.
·
0,2
·
– Semillas oleaginosas. oleaginosas y productos derivados de su transformación.
·
0,5
·
– Piensos completos compuestos para peces.
·
0,005
·
23. Endrín (suma del endrín y deltacetoendrín, calculada en forma de endrín)
·
Todos los piensos, excepto:
·
0,01
·
– Materias grasas.
·
0,05
·
24. Heptacloro (suma del heptacloro y del heptacloroepóxido calculada en forma de heptacloro).
·
Todos los piensos, excepto:
·
0,01
·
– Materias grasas.
·
0,2
·
25. Hexaclorobenceno (HCB)
·
Todos los piensos, excepto:
·
0,01
·
– Materias grasas.
·
0,2
·
26. Hexaclorociclohexano (HCH)
·
·
·
26.1 Isómeros alfa
·
Todos los piensos, excepto:
·
0,02
·
·
– Materias grasas.
·
0,2
·
26.2 Isómeros beta
·
Piensos compuestos, excepto:
·
0,01
·
– Piensos compuestos para ganado lechero.
·
0,005
·
Materias primas para la alimentación animal, excepto:
·
0,01
·
– Materias grasas.
·
0,1
·
26.3 Isómeros gamma
·
Todos los piensos, excepto:
·
0,2
·
– Materias grasas.
·
2,0
·
27. Dioxina (suma de policlorodibenzo-para-dioxinas [PCDD] y policlorodibenzofuranos [PCDF] expresada en equivalentes tóxicos de la Organización Mundial de la Salud {EQT -OMS), utilizando los factores de equivalencia tóxica de la misma organización (FET -OMS, 1997)
·
a) Todas las materias primas para la alimentación animal de origen vegetal, incluidos los aceites vega tales y los subproductos
·
0,75 ng EQT PCDD/F OMS/kg (5,6)
·
b) Minerales en el sentido del anexo II del R.D 56/2002, de 18 de enero, por el que se regulan la circulación y utilización de materias primas para la alimentación animal y la circulación de piensos compuestos.
·
1.0 ng EQT PCDD/F OMS/kg (5,6) ·
c) Arcillas caoliníticas, sulfato de calcio dihidratado, vermiculita, natrolita-fonolita, aluminatos de calcio sintéticos y clinoptilolita de origen sedimentario pertenecientes al grupo de los “aglutinantes, antiaglomerantes y coagulantes” autorizados de conformidad con la Directiva 70/524/CEE.
·
0.75 ng EQT PCDD/F OMS/Kg (5,6) ·
d) Grasa animal, incluida la grasa de leche y la grasa de huevo
·
·
2.0 ng EQT PCDD/F OMS/kg (5,6)
·
e) Otros productos de animales terrestres, incluidos la leche y los productos lácteos y los huevos y los ovoproductos.
·
0.75 ng EQT PCDD/F OMS/kg (5,6)
·
f) Aceite de pescado
·
6 ng EQT PCDD/F OMS/kg (5,6)
·
g) Pescado, otros animales marinos, sus productos y subproductos, excepto el aceite de pescado y los hidrosilatos de proteínas de pescado que contengan más de un 20% de grasa (7)
·
1,25 ng EQT PCDD/F OMS/kg (5,6)
·
h) Piensos compuestos, excepto los piensos para animales de peletería, de compañía y para peces
·
0.75 ng EQT PCDD/F OMS/kg (5,6)
·
i) Piensos para peces Alimentos para animales de compañía ·
2,25 ng EQT PCDD/F OMS/kg (5,6) ·
j) Hidrolisatos de proteínas de pescado que contengan más de un 20% de grasa
·
2.25 ng EQT PCDD/F OMS/kg (5,6)
·
28. Albaricoque - Prunus armeniaca L.
29. Almendra amarga - Prunus dulcis (Mill.) D.A. Webb var. Amara (DC.) Focke
(= Prunus amygdalus Batsch var. Amara (DC.) Focke)
30. Hayuco con cáscara - Fagus silvatica L.
31. Camelina - Camelina sativa (L.) Crantz
32. Mowrah, Bassia, Madhuca - Madhuca longifolia (L.) Macbr. (=Bassia longifolia L. = llliped malabrorum Eng.) Madhuca índica Gmelin (= Bassia latifolia Roxb.) = Illipe latifolia (Roscb.) F. Mueller)
33. Frailejón - Jatropha curcas L.
34. Crotón-Croton tiglium L.
35. Mostaza india - Brassica juncea (L.) Czern. Y Coss ssp. ltegrifolia (West) Thell
36. Mostaza de Sarepta - Brassuca hybcea (L.) Czern. y Coss. ssp. Juncea
37. Mostaza china - Brassica juncea (L.) Cezern y Coss ssp., juncea var. lutea Batalin
38. Mostaza negra - Brassica nigra (L.) Koch
39. Mostaza abisinia (etíope) - Brassica carinata A. Braun
·
} Todos los piensos.
·
}
·
Las semillas y frutos de las especies correspondientes, así como sus derivados procesados, pueden estar presentes en los piensos sólo en cantidades mínimas, no determinables cuantitativamente.
·
(1) Puede disponerse también un contenido máximo de flúor igual a un de 1,25% del contenido de fosfato.
(2) Contenido de flúor por 1% de fósforo.
(3) Puede disponerse tambiéun contenido máximo de cadmio igual a 0,5 mg por 1% de fósforo.
(4) Puede disponerse tambiéun contenido máximo de cadmio igual a 0,75 mg por 1% de fósforo.
(5) Concentraciones del límite superior; las concentraciones del límite superior se calculan dando por sentado que todos los valores de las diferentes sustancias afines que estén por debajo del límite de detección son iguales a este límite.
(6) Estos contenidos máximos se revisarán por primera vez antes del 31 de diciembre de 2004 a la luz de los datos de que pueda disponerse en un futuro sobre la presencia de dioxinas y de PCB similares a las dioxinas, en particular para aplicar también a estos últimos los contenidos máximos que se fijen, y, posteriormente, antes del 31 de diciembre de 2006. a fin de reducir significativamente dichos contenidos máximos.
(7) Se eximirá de este límite máximo al pescado fresco suministrado directamente y utilizado sin procesamiento intermedio para la producción de piensos para animales de peletería, y se aplicará un nivel máximo de 4.0 ng EQT PCDD/F OMS/kg al pescado fresco empleado para la alimentación directa de los animales de compañía, de zoológicos o de circos. Los productos y las proteínas transformadas que se hayan elaborado a partir de estos animales( de peletería, compañía, zoológicos, o circos) no podrán entrar en la cadena alimentaria, y se prohibe su utilización en la alimentación de animales de granja mantenidos, cebados o criados para la~producción de alimentos.
(8) Los niveles máximos se refieren al arsénico total.
(9) A petición de las autoridades competentes, el operador responsable debe efectuar un análisis para demostrar que el contenido de arsénico inorgánico es inferior a 2 ppm. Dicho análisis es especialmente importante en el caso de las algas de la especie Hizikia fusiforme.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
6 de marzo de 2011 En vigor BOE-A-2011-4121 Leer Qué cambió
17 de febrero de 2011 BOE-A-2011-3012 Leer Qué cambió
13 de septiembre de 2009 BOE-A-2009-14506 Leer Qué cambió
11 de junio de 2009 BOE-A-2009-9628 Leer Qué cambió
20 de octubre de 2007 BOE-A-2007-7358 Leer Qué cambió
4 de noviembre de 2006 BOE-A-2006-10350 Leer Qué cambió
26 de diciembre de 2006 BOE-A-2006-9190 Leer Qué cambió
18 de febrero de 2006 BOE-A-2005-10433 Leer Qué cambió
21 de noviembre de 2004 BOE-A-2004-9533 Leer Qué cambió
7 de noviembre de 2003 BOE-A-2003-20417 Leer Qué cambió
1 de agosto de 2003 Texto original Leer

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