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Legislación › Ley 9/2003, de 8 de abril, de Coordinación de Policías Locales de Castilla y León.

Artículo 2. Ámbito de aplicación.

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Artículo 2. Ámbito de aplicación.
La presente Ley será de general aplicación a los Cuerpos de Policía Local de la Comunidad los municipios de Castilla y León, resultando, asimismo, de aplicación a los Vigilantes Municipales en los supuestos que expresamente se contemplan en la misma. León.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
30 de julio de 2018 En vigor BOE-A-2018-11414 Leer Qué cambió
4 de mayo de 2003 Texto original Leer

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