Legislación › Ley 11/2003, de 8 de abril, de Prevención Ambiental de Castilla y León.
Artículo 54. Notificación y Publicidad.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 14 de junio de 2003 y la del 16 de noviembre de 2014.
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Artículo 54. Notificación y Publicidad.
1. La declaración de impacto ambiental se notificará a los interesados y se publicará por el órgano que la emite informe de impacto ambiental se publicarán, al menos, en el Boletín ''Boletín Oficial de Castilla y León. León''. Dicha publicación se comunicará a los interesados y al Ayuntamiento en cuyo término municipal se ubique el proyecto.
2. La declaración de impacto ambiental y el informe de impacto ambiental se remitirá notificarán al promotor y se remitirán al órgano sustantivo que haya de dictar la resolución administrativa de autorización o aprobación del proyecto para que sea incluida entre las condiciones de la autorización, y, en su caso. caso, al que tramite el procedimiento de autorización ambiental.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 16 de noviembre de 2014 En vigor | BOE-A-2014-11172 | Leer | Qué cambió |
| 14 de junio de 2003 | Texto original | Leer |


