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Legislación › Ley 5/2003, de 3 de abril, de atención y protección a las personas mayores de Castilla y León.

Artículo 26. Sistema de Acción Social.

Artículo 26. Sistema de Acción Social.

Los Poderes Públicos garantizarán a las personas mayores el acceso al Sistema de Acción Social, articulado conforme a la Ley 18/88 de Acción Social y Servicios Sociales, y configurado como la organización integrada por los recursos públicos y privados que tienen como finalidad promover el bienestar social de los ciudadanos y grupos sociales.

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