Legislación › Ley 5/2003, de 3 de abril, de atención y protección a las personas mayores de Castilla y León.
Artículo 30. Recursos sociales.
Artículo 30. Recursos sociales.
1. Los recursos sociales dirigidos a las personas mayores están constituidos por los centros, servicios y programas integrados en el Sistema de Acción Social de Castilla y León que tengan entre sus funciones la atención y protección de las personas comprendidas en el ámbito de esta Ley.
2. La Junta de Castilla y León publicará anualmente la información actualizada sobre los recursos existentes para las personas mayores, incluyendo también para ello los soportes que facilitan las nuevas tecnologías. Para este fin, las entidades públicas y privadas estarán obligadas a facilitar los datos necesarios, sin perjuicio de lo establecido en la normativa vigente.


