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Legislación › Ley 6/2003, de 3 de abril, reguladora de la asistencia jurídica a la Comunidad de Castilla y León.

Artículo 11.

Comparación entre la redacción en vigor desde el 28 de abril de 2003 y la del 20 de septiembre de 2014. Tachado: lo que se quitó (53 palabras). Subrayado: lo que se añadió (1 palabras). Volver al texto en vigor

Artículo 11.
Los Servicios Jurídicos de la Comunidad de Castilla y León podrán asumir la representación y defensa en juicio de las empresas públicas de la Comunidad mediante la suscripción del oportuno convenio en el que se determinará la compensación económica que habrá de abonarse a la Hacienda de la Comunidad de Castilla y León. (Derogado).

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
20 de septiembre de 2014 En vigor BOE-A-2014-9959 Leer Qué cambió
28 de abril de 2003 Texto original Leer

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