Legislación › Ley 6/2003, de 3 de abril, reguladora de la asistencia jurídica a la Comunidad de Castilla y León.
Disposición adicional séptima.
Disposición adicional séptima.
Por la Junta de Castilla y León y las Consejerías correspondientes se realizarán las modificaciones presupuestarias y orgánicas, transferencias y habilitaciones de crédito que, en su caso, sean necesarias para el cumplimiento de lo previsto en esta Ley.
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