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Legislación › Ley Foral 32/2002, de 19 de noviembre, por la que se regula el sistema bibliotecario de Navarra.

Artículo 13. Mapa de Lectura Pública.

Artículo 13. Mapa de Lectura Pública.

1. El Mapa de Lectura Pública es un instrumento de planificación bibliotecaria en el que se recogen las bibliotecas pertenecientes al Sistema de Bibliotecas Públicas de Navarra, las necesidades de lectura pública y los módulos del servicio correspondientes a los distintos núcleos de población.

2. El Departamento de Educación y Cultura aprobará y mantendrá actualizado el Mapa de Lectura Pública de Navarra. Las modificaciones del Mapa de Lectura se realizarán por el Gobierno de Navarra, previa consulta con la Federación Navarra de Municipios y Concejos y la Sección de Bibliotecas del Consejo Navarro de Cultura.

3. El Mapa de Lectura Pública determinará y delimitará diversas Áreas de Lectura e identificará las bibliotecas del Sistema de Bibliotecas Públicas de Navarra que presten, además de los servicios básicos de biblioteca pública, los servicios de extensión bibliotecaria y de préstamo interbibliotecario en el área de su adscripción, así como aquellos otros que determine el propio Mapa de Lectura Pública o la Cartera de Servicios.

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