LexTotal

Legislación › Ley 4/2003, de 20 de marzo, de Estadística de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

Disposición adicional primera. Actualización de las sanciones.

Disposición adicional primera. Actualización de las sanciones.

Se faculta a la Junta de Extremadura para revisar anualmente la cuantía de las sanciones para actualizarlas conforme al Índice General de Precios al Consumo.

← Artículo 35 Índice Disposición adicional segunda →