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Real Decreto-ley 3/2004, de 25 de junio, para la racionalización de la regulación del salario mínimo interprofesional y para el incremento de su cuantía.
En vigor Jefatura del Estado · Publicada el 26 de junio de 2004 · Último cambio el 2 de marzo de 2019 · Ver en el BOE
Índice
- Preámbulo
- CAPÍTULO I
- Artículo 1. Desvinculación del salario mínimo interprofesional de otros efectos distintos de los laborales.
- Artículo 2. Establecimiento de un indicador público de renta de efectos múltiples.
- Artículo 3. Sistema de protección por desempleo.
- CAPÍTULO II
- Artículo 4. Nueva cuantía del salario mínimo interprofesional.
- Artículo 5. Bases mínimas de cotización de los regímenes de la Seguridad Social.
- Disposición adicional.
- Disposición transitoria primera. Reglas de afectación de la nueva cuantía del salario mínimo interprofesional en los convenios colectivos.
- Disposición transitoria segunda. No afectación de la nueva cuantía del salario mínimo interprofesional en las referencias contenidas en normas no estatales y relaciones privadas.
- Disposición final primera. Modificación del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio.
- Disposición final segunda. Fundamento constitucional.
- Disposición final tercera. Desarrollo reglamentario.
- Disposición final cuarta. Entrada en vigor.
- Firma


