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Real Decreto 1554/2004, de 25 de junio, por el se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio.
En vigor Ministerio de Administraciones Públicas · Publicada el 26 de junio de 2004 · Último cambio el 30 de junio de 2008 · Ver en el BOE
Índice
- Preámbulo
- Artículo 1. Organización general del departamento.
- Artículo 2. Secretaría de Estado de Turismo y Comercio. 3 redacciones · cambió el 17/03/2006
- Artículo 3. Secretaría General de Turismo.
- Artículo 4. Secretaría General de Comercio Exterior. 4 redacciones · cambió el 16/09/2004
- Artículo 5. Dirección General de Comercio e Inversiones. 2 redacciones · cambió el 17/03/2006
- Artículo 6. Dirección General de Política Comercial.
- Artículo 7. Secretaría de Estado de Telecomunicaciones y para la Sociedad de la Información.
- Artículo 8. Dirección General de Telecomunicaciones y Tecnologías de la Información.
- Artículo 9. Dirección General para el Desarrollo de la Sociedad de la Información.
- Artículo 10. Subsecretaría de Industria, Turismo y Comercio.
- Artículo 11. Secretaría General Técnica.
- Artículo 12. Secretaría General de Industria. 2 redacciones · cambió el 17/03/2006
- Artículo 13. Dirección General de Desarrollo Industrial.
- Artículo 14. Dirección General de Política de la Pequeña y Mediana Empresa. 2 redacciones · cambió el 17/03/2006
- Artículo 15. Secretaría General de Energía. 2 redacciones · cambió el 17/03/2006
- Artículo 16. Dirección General de Política Energética y Minas. 2 redacciones · cambió el 17/03/2006
- Disposición adicional primera. Integración de órganos del Ministerio de Educación y Ciencia.
- Disposición adicional segunda. Supresión de órganos.
- Disposición adicional tercera. Junta Asesora Permanente.
- Disposición adicional cuarta. Consejo de Seguridad Nuclear.
- Disposición adicional quinta. Dirección General para el Desarrollo de la Sociedad de la Información. 2 redacciones · cambió el 30/06/2008
- Disposición adicional sexta. Desconcentración.
- Disposición adicional séptima. Delegación de competencias.
- Disposición adicional octava. No incremento de gasto público.
- Disposición transitoria primera. Unidades y puestos de trabajo con nivel orgánico inferior a subdirección general.
- Disposición transitoria segunda. Órganos colegiados de contratación.
- Disposición transitoria tercera. Recursos del Programa de fomento de la investigación técnica.
- Disposición transitoria cuarta. Régimen transitorio hasta la constitución efectiva de la Agencia Estatal de Radiocomunicaciones.
- Disposición transitoria quinta. Régimen transitorio de la Direcciones Regionales y Territoriales de Comercio. 3 redacciones · cambió el 15/12/2005
- Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
- Disposición final primera. Modificación del Estatuto del Instituto para la Reestructuración de la Minería del Carbón y Desarrollo Alternativo de las Comarcas Mineras, aprobado por el Real Decreto 492/1998, de 27 de marzo.
- Disposición final segunda. Modificación del Reglamento del Centro para el Desarrollo Tecnológico e Industrial (CDTI), aprobado por el Real Decreto 1406/1986, de 6 de junio.
- Disposición final tercera. Modificación del Real Decreto 2615/1996, de 20 de diciembre, de estructura orgánica y funciones del Instituto de Turismo de España.
- Disposición final cuarta. Facultades de desarrollo.
- Disposición final quinta. Modificaciones presupuestarias.
- Disposición final sexta. Entrada en vigor.
- Firma


