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Legislación › Acuerdo entre el Reino de España y la República Argelina Democrática y Popular relativo a los transportes internacionales por carretera y al tránsito de viajeros y mercancías, hecho "ad referendum" en Madrid el 7 de octubre de 2002.

Artículo 11.

Artículo 11.

Las autorizaciones deberán encontrarse siempre a bordo del vehículo y deberán presentarse a los agentes de control habilitados.

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