Legislación › Real Decreto 50/2004, de 19 de enero, por el que se regula el régimen del profesorado contratado de la Universidad Nacional de Educación a Distancia.
Artículo 18. Retribuciones de los ayudantes y profesores ayudantes doctores.
Artículo 18. Retribuciones de los ayudantes y profesores ayudantes doctores.
Los ayudantes y los profesores ayudantes doctores que presten sus servicios en la UNED en régimen de dedicación a tiempo completo serán retribuidos por los conceptos de sueldo y de complemento de puesto, y así mismo con dos pagas extraordinarias al año.


