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Legislación › Real Decreto 112/2004, de 23 de enero, por el que se constituye y organiza el Real Patronato de la Ciudad de Cuenca.

Artículo 4. Composición.

Comparación entre la redacción en vigor desde el 25 de enero de 2004 y la del 6 de marzo de 2005. Tachado: lo que se quitó (25 palabras). Subrayado: lo que se añadió (16 palabras). Volver al texto en vigor

Artículo 4. Composición.
1. Bajo la Presidencia de Honor de Su Majestad el El Rey, el Real Patronato tendrá la siguiente composición:
a) Presidente: el Presidente del Gobierno.
b) Vicepresidente: el Ministro la Ministra de Educación, Cultura y Deporte, Cultura, que sustituirá al Presidente en casos de vacante, ausencia, enfermedad u otra causa legalmente establecida.
c) Vocales:
El Ministro de Asuntos Exteriores. Exteriores y de Cooperación.
El Ministro de Economía y Hacienda.
El Ministro La Ministra de Fomento.
El Ministro de Administraciones Públicas.
El Ministro La Ministra de Economía. Vivienda.
El Presidente de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.
El Secretario de Estado de Cultura El Delegado del Gobierno en la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha.
El Alcalde de Cuenca.
El Presidente de la Diputación Provincial de Cuenca.
El Obispo de Cuenca.
El Rector de la Universidad de Castilla-La Mancha.
d) Secretario: el Subsecretario del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte. Cultura.
2. A las sesiones del Real Patronato podrán asistir, con voz pero sin voto, aquellas personas que sean expresamente convocadas al efecto por el Presidente.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
6 de marzo de 2005 En vigor BOE-A-2005-3664 Leer Qué cambió
25 de enero de 2004 Texto original Leer

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