Legislación › Real Decreto 1777/2004, de 30 de julio, por el que se aprueba el Reglamento del Impuesto sobre Sociedades.
Artículo 29 nonies. Solicitud de otra Administración tributaria.
Artículo 29 nonies. Solicitud de otra Administración tributaria.
Cuando otra Administración tributaria solicite a la Administración tributaria la iniciación de un procedimiento dirigido a suscribir un acuerdo para la valoración de operaciones realizadas entre personas o entidades vinculadas se observarán las reglas previstas en los artículos anteriores en cuanto resulten de aplicación.
Se añade por el art. único.11 del Real Decreto 1793/2008, de 3 de noviembre. BOE-A-2008-18543


