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Legislación › Acuerdo entre el Gobierno del Reino de España y el Gobierno de la República de Albania sobre transporte internacional de viajeros y mercancías por carretera, hecho en Tirana el 10 de abril de 2003.

Artículo 9.

Artículo 9.

Se considerará que el servicio regular ha sido aprobado y podrá comenzar a prestarse una vez que las autoridades competentes hayan intercambiado la correspondiente autorización con todos los anexos necesarios.

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