Legislación › Real Decreto-ley 5/2004, de 27 de agosto, por el que se regula el régimen del comercio de derechos de emisión de gases de efecto invernadero.
Artículo 10. Contenido de la autorización.
Artículo 10. Contenido de la autorización.
La autorización de agrupación de instalaciones tendrá el contenido mínimo siguiente:
a) Identificación del administrador fiduciario y descripción de los poderes que le han sido atribuidos.
b) Identificación de las instalaciones incluidas en la agrupación y de las autorizaciones de emisión de gases de efecto invernadero con que estas cuenten.
c) Enumeración de las obligaciones y limitaciones del administrador fiduciario en relación con la entrega de derechos de emisión y participación en el mercado, de conformidad con lo previsto en el artículo 13.
d) Plazo de vigencia de la autorización.


