Legislación › Ley 7/2004, de 16 de julio, gallega para la igualdad de mujeres y hombres.
Artículo 49 bis. Publicidad de la declaración de principios.
Artículo 49 bis. Publicidad de la declaración de principios.
Sin perjuicio de la publicidad adicional que resultara conveniente a la finalidad de prevención del acoso sexual, la declaración de principios será publicada en el tablón de anuncios de cada centro de trabajo y unidad administrativa, identificando al asesor o asesora confidencial que ejercerá sus funciones en el concreto centro o unidad.
Se añade por la disposición adicional 1.2.13 de la Ley 2/2007, de 28 de marzo. BOE-A-2007-10021.


