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Legislación › Ley 7/2004, de 16 de julio, gallega para la igualdad de mujeres y hombres.

Artículo 49 bis. Publicidad de la declaración de principios.

Artículo 49 bis. Publicidad de la declaración de principios.

Sin perjuicio de la publicidad adicional que resultara conveniente a la finalidad de prevención del acoso sexual, la declaración de principios será publicada en el tablón de anuncios de cada centro de trabajo y unidad administrativa, identificando al asesor o asesora confidencial que ejercerá sus funciones en el concreto centro o unidad.

Se añade por la disposición adicional 1.2.13 de la Ley 2/2007, de 28 de marzo. BOE-A-2007-10021.

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