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Legislación › Orden EHA/3050/2004, de 15 de septiembre, sobre la información de las operaciones vinculadas que deben suministrar las sociedades emisoras de valores admitidos a negociación en mercados secundarios oficiales.

Primero. Información sobre operaciones vinculadas.

Primero. Información sobre operaciones vinculadas.

1. Las sociedades emisoras de valores admitidos a negociación en algún mercado secundario oficial deberán incluir necesariamente en las informaciones semestrales a que se refiere el párrafo segundo del artículo 35 de la Ley 24/1988, de 28 de julio, del Mercado de Valores, información cuantificada de todas las operaciones realizadas por la sociedad con partes vinculadas, de conformidad con lo previsto en esta Orden Ministerial.

2. La información a incluir en las informaciones semestrales a que seP refiere el artículo 35 de la Ley 24/1988, de 28 de julio, del Mercado de Valores, de conformidad con lo previsto en la presente Orden, se entiende sin perjuicio de la información a incluir sobre operaciones vinculadas en el informe anual de gobierno corporativo de conformidad con lo previsto en la Orden ECO/3722/2003, de 26 de diciembre, sobre el informe anual de gobierno corporativo y otros instrumentos de información de las sociedades anónimas cotizadas y otras entidades.

Redactado el apartado 1 conforme a la corrección de erratas publicada en BOE núm. 243 de 8 de octubre de 2004. BOE-A-2004-17307.

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