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Legislación › Ley 5/2004, de 9 de julio, de creación de guarderías de calidad.

Artículo 4.

Artículo 4.

Por medio del departamento competente en materia de educación, el Gobierno debe garantizar el carácter educativo, la calidad y los requisitos mínimos que deben cumplir los diversos modelos de guarderías que la realidad catalana exige, y debe considerar a éstas como una parte del sistema educativo.

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