Legislación › Ley 5/2004, de 9 de julio, de creación de guarderías de calidad.
Artículo 4.
Artículo 4.
Por medio del departamento competente en materia de educación, el Gobierno debe garantizar el carácter educativo, la calidad y los requisitos mínimos que deben cumplir los diversos modelos de guarderías que la realidad catalana exige, y debe considerar a éstas como una parte del sistema educativo.


