Legislación › Real Decreto 1941/2004, de 27 de septiembre, por el que se establecen las normas de policía sanitaria que regulan los intercambios intracomunitarios y las importaciones de terceros países de animales de las especies ovina y caprina.
ANEXO IV
ANEXO IV
Prueba oficial de detección de la epididimitis contagiosa del carnero (B. ovis)
Prueba de «fijación del complemento».
El antígeno específico utilizado deberá estar autorizado por el laboratorio nacional de referencia y estandarizado en relación con el suero estándar internacional «antibrucella ovis».
El suero de trabajo (de control diario) deberá graduarse en relación con el suero estándar internacional «antibrucella ovis» preparado por el laboratorio veterinario central de Weybridge, Surrey, Reino Unido.
Se considerará positivo el suero que contenga como mínimo 50 unidades internacionales por ml.


