Legislación › Real Decreto 1941/2004, de 27 de septiembre, por el que se establecen las normas de policía sanitaria que regulan los intercambios intracomunitarios y las importaciones de terceros países de animales de las especies ovina y caprina.
Disposición final segunda. Facultad de desarrollo y modificación.
Disposición final segunda. Facultad de desarrollo y modificación.
Se faculta al Ministro de Agricultura, Pesca y Alimentación para dictar, en el ámbito de sus competencias, las disposiciones necesarias para el cumplimiento de lo dispuesto en este real decreto, así como para modificar sus anexos en función de las modificaciones que se produzcan por disposiciones comunitarias.
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