Legislación › Ley 18/2003, de 29 de diciembre, por la que se aprueban medidas fiscales y administrativas.
Artículo 42. Supuestos de no sujeción.
Artículo 42. Supuestos de no sujeción.
No estarán sujetos al impuesto los vertidos que se realicen al dominio público hidráulico.
A tales efectos, se entiende por dominio público hidráulico el definido en la legislación estatal sobre la materia.


