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Legislación › Ley 18/2003, de 29 de diciembre, por la que se aprueban medidas fiscales y administrativas.

Artículo 42. Supuestos de no sujeción.

Artículo 42. Supuestos de no sujeción.

No estarán sujetos al impuesto los vertidos que se realicen al dominio público hidráulico.

A tales efectos, se entiende por dominio público hidráulico el definido en la legislación estatal sobre la materia.

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