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Legislación › Ley 18/2003, de 29 de diciembre, por la que se aprueban medidas fiscales y administrativas.

Artículo 68. Supuestos de no sujeción.

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Artículo 68. Supuestos de no sujeción.
No estará sujeto al impuesto el depósito de residuos peligrosos que se realice con el fin de gestionarlos para su valorización en las instalaciones previstas para tal fin.
Téngase en cuenta que este artículo se queda sin efecto, desde el 1 de enero de 2023 mientras exista un tributo estatal que grave el mismo hecho imponible, según establece la disposición adicional 23 de la Ley 1/2022, de 27 de diciembre. BOE-A-2023-1604

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
1 de enero de 2023 En vigor BOE-A-2023-1604 Leer Qué cambió
1 de enero de 2004 Texto original Leer

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