Legislación › Ley 18/2003, de 29 de diciembre, por la que se aprueban medidas fiscales y administrativas.
Disposición adicional quinta. Modificación de la normativa de referencia y del plazo de resolución y notificación del procedimiento sancionador en materia de carreteras.
Disposición adicional quinta. Modificación de la normativa de referencia y del plazo de resolución y notificación del procedimiento sancionador en materia de carreteras.
Se modifica la normativa de referencia y el plazo de resolución y notificación del procedimiento número 8.1.1 del Anexo I de la Ley 9/2001, de 12 de julio, por la que se establece el sentido del silencio administrativo y los plazos de determinados procedimientos como garantías procedimentales para los ciudadanos, correspondiente a la Consejería de Obras Públicas y Transportes, quedando redactado de la siguiente forma:
|
Número |
Procedimiento |
Normativa de referencia |
Plazos de resolución y notificación |
|---|---|---|---|
|
8.1.1 |
Sancionador en materia de carreteras. |
Ley 8/2001, de 12 de julio, de Carreteras de Andalucía; art. 81.2 (BOJA núm. 85, de 26-7-2001). |
12 meses |
← Disposición adicional cuarta Índice Disposición transitoria primera →


