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Legislación › Ley 18/2003, de 29 de diciembre, por la que se aprueban medidas fiscales y administrativas.

Disposición transitoria undécima. Infracciones y sanciones.

Disposición transitoria undécima. Infracciones y sanciones.

Lo dispuesto en el capítulo XII del título III de la presente Ley y en el artículo 165.5 no será de aplicación a las acciones u omisiones acaecidas antes de su entrada en vigor, salvo que resultara más favorable para el presunto infractor.

Redactado conforme a la corrección de errores publicada en BOJA núm. 61, de 29 de marzo de 2004. BOE-A-2004-5824

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